Cómo resolver tus deudas con el SAT

Cómo resolver tus deudas con el SAT

Tener deudas con el SAT (Servicio de Administración Tributaria) es un problema que afecta, por desgracia, a muchas empresas y personas. Estas deudas se generan por el hecho de no cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma. Ello acarrea una serie de sanciones que los deudores deben hacer frente. En este artículo te contamos cuáles son y también te damos algunas soluciones para salir de esta situación.

El tipo más común de adeudos fiscales son los impuestos que no se han pagado y que existen como adeudos, pero también existen otros que tienen que ver con las contribuciones de seguridad social, como los pagos que se tienen que hacer al IMSS y al Infonavit.

Recuerda que siempre es importante estar al día con las obligaciones con las que contamos como contribuyentes, ya que en caso de no cumplir, podemos recibir diversas sanciones.

Cuando un contribuyente incumple en el pago de sus impuestos y genera un adeudo, el Servicio de Administración Tributaria está obligado a informarle por medio del Buzón Tributario en el portal del SAT, por medio de un oficio donde se le va a informar personalmente al pagador de impuestos, en las oficinas de atención al contribuyente o bien en el apartado de notificaciones por estrados y edictos de la página de internet del SAT. 

En el caso de deberle al fisco, el contribuyente podrá acercarse a éste para ver qué opciones tiene para pagarlo, que pueden ser desde una sola exhibición, en parcialidades o incluso a pagos diferidos. Cuando nos notifican un adeudo fiscal, tendremos que pagarlo en los 30 días hábiles siguientes o dentro del plazo que se menciona en el documento que hayamos recibido. ¿En qué nos beneficia esto? Existe la posibilidad de que se nos apliquen reducciones por pronto pago, en caso de que la notificación sea por una multa.

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En caso de no hacer el pago en el tiempo requerido, el personal del SAT visitará tu domicilio para requerir el pago. Si no tienes tu comprobante, podrá embargar tus bienes, inmuebles o cuentas bancarias.

“Por cada visita que el SAT haga a tu domicilio y no te encuentre cobrará $340 pesos por Gastos de Ejecución o 2% del adeudo fiscal del contribuyente hasta un máximo de 52,950 pesos”, especifica el SAT.

Algunas otras sanciones que el SAT puede aplicar son:

  • Cancelación de los CFDI que se te autorizaron y ya no te será posible facturar tus operaciones comerciales.
  • Serás reportado en el  Buró de Crédito.
  • Se “congelarán” y embargaran tus cuentas bancarias o de inversión.
  • Se iniciara un procedimiento administrativo de ejecución.
  • En caso de tener devoluciones de impuestos pendientes, estas se aplicarán a los saldos de tus deudas.
  • Tus datos pueden ser colocados y publicados en la lista de deudores del fisco federal en la página de Internet del SAT.
  • Si tienes programado participar en alguna licitación gubernamental, la opinión del cumplimiento de obligaciones será negativa y eso afectará tus relaciones comerciales.
  • Tu registro en el padrón de importadores corre riesgo de ser suspendido o cancelado, lo que impedirá que realices actividades de exportación o importación de bienes o servicios.
  • Si eres beneficiario de un subsidio, perderás dicho beneficio.

En el caso de estar reportados en Buró de Crédito podemos aclarar o actualizar nuestra situación de adeudos con el SAT a través de varias vías: 

  • Las oficinas de atención al contribuyente
  • A través del Portal de internet del SAT
  • Por medio de un correo electrónico a: cobranza@sat.gob.mx
  • En el sitio de  Buró de Crédito

Resuelve tus deudas con el SAT

Si las deudas con el SAT son pequeñas o medianas, fruto del impago de una o dos cuotas, una manera de solventar ese pago es recurrir a los créditos personales. Se trata de una solución rápida y sencilla para gastos imprevistos como estos, sobre todo cuando no se tiene liquidez.

Las ventajas de estos mini préstamos personales por Internet son muchas. Por ejemplo, su inmediatez: los tendrás en tu cuenta corriente 10 ó 15 minutos después de haber enviado la solicitud, sin pérdida de tiempo en la burocracia, son créditos rápidos sin papeles. Además, se pueden solicitar desde cualquier lugar, no solo desde la computadora de tu casa, sino también desde cualquier ubicación con tu smartphone. Es decir, que lo podrás hacer desde la misma oficina del SAT, para que los recargos por retraso no se incrementen más. También hay disponibles créditos 24 horas.

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